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Detalles del procedimiento: XVI EDICIÓN PREMIOS NACIONALES DE ARTESANÍA

Detalles del procedimiento: XVI EDICIÓN PREMIOS NACIONALES DE ARTESANÍA
Logotipo SIACódigo SIA: 3017641
Descripción
Convocatoria para la concesión de los Premios Nacionales de Artesanía, publicadas mediante Orden ICT/408/2019, de 28 de marzo (BOE n.º 85 de 9 de abril de 2019).
Iniciar trámite
Detalles
La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad, no discriminación  y eficacia, los Premios Nacionales de Artesanía 2023, de acuerdo con lo previsto en la Orden ICT/408/2019, de 28 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Artesanía. 

Plazo de vigencia:

Fecha de inicio: 8 de julio de 2023.
Fecha de finalización: 7 de agosto de 2023  a las 23.59 horas.

Objeto:

Los premios Nacionales de Artesanía tienen por objeto prestigiar la artesanía, presentándola en un entorno de calidad y excelencia; reconocer los méritos de aquellos profesionales y empresas artesanas que destaquen por su creatividad, responsabilidad social y medioambiental, adaptación al mercado y capacidad de innovación, conservando al mismo tiempo las características específicas que las definen como tales; y reconocer la labor de las instituciones, organismos y empresas cuyas actuaciones hayan contribuido a alcanzar los objetivos que se persiguen con la constitución de dichos premios.

Categorías:

Los premios Nacionales de Artesanía tienen como objeto galardonar las siguientes categorías: 

a) Premio Nacional de Artesanía: con el que se reconoce el conjunto de una obra consolidada que cumpla en mayor grado con los factores de competitividad recogidos en los criterios de valoración contemplados en el artículo 6.2 a) de la resolución.

b) Premio Producto: para aquel producto, conjunto de productos o colecciones realizados y comercializados en los dos años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria, y que cumplan en mayor grado con los criterios de valoración que se establecen en el artículo 6.2 b) de la resolución.

c) Premio al Emprendimiento: destinado a reconocer a la persona o empresa emprendedora que haya destacado por la introducción de nuevos conceptos en el sector en cualquiera de las áreas relacionadas con el mismo (producto, distribución, comercialización, diseño, etc.), reconociendo su capacidad de aportar soluciones novedosas que le hayan permitido posicionarse en el mercado, y que cumpla en mayor grado con los criterios de valoración que se establecen en el artículo 6,2 c) de la resolución.

d) Premio Promociona Sector Privado: destinado a galardonar las actuaciones de promoción de la artesanía mediante programas, campañas y cualesquiera otras iniciativas de publicidad y difusión de esta, que se hayan desarrollado, al menos, durante el año anterior al de la fecha de la convocatoria de los premios y que cumpla en mayor grado con los criterios de valoración que se establecen en el artículo 6.2 d) de la resolución.

e) Premio Promociona Sector Público: destinado a galardonar las actuaciones de promoción de la artesanía mediante programas, campañas y cualesquiera otras iniciativas de publicidad y difusión de esta, que se hayan desarrollado, al menos, durante el año anterior al de la fecha de la convocatoria de los premios, y que cumpla en mayor grado con los criterios de valoración que se establecen en el artículo 6.2 d) de la resolución.

Participantes:

1. A cada una de las categorías de los Premios Nacionales de Artesanía podrán ser propuestas las siguientes personas:

a) Premio Nacional de Artesanía y Premio Producto: podrán ser propuestas en esta categoría las personas físicas o jurídicas que actúen en España, cuya actividad esté dedicada a la producción artesana de objetos, ya sean éstos de carácter utilitario, decorativo o artístico, de acuerdo con la definición de artesanía contemplada en la correspondiente ley de comunidad autónoma donde se desarrolle.

b) Premio al Emprendimiento: podrán ser propuestas en esta categoría las personas físicas o jurídicas que actúen en España, cuya actividad económica en el sector de la artesanía tenga un recorrido formal inferior a cinco años desde la fecha de la convocatoria, y esté dedicada a la producción artesana de objetos, ya sean éstos de carácter utilitario, decorativo o artístico, de acuerdo con la definición de artesanía contemplada en la correspondiente ley de la comunidad autónoma donde se desarrolle.

c) Premio Promociona Sector Privado: podrán ser propuestas en esta categoría las personas físicas o jurídicas privadas, que actúen en España, que hayan contribuido de modo significativo a la promoción de la artesanía.

d) Premio Promociona Sector Público: podrán ser propuestas en esta categoría las entidades u organismos públicos, que actúen en España, que hayan contribuido de modo significativo a la promoción de la artesanía.

2. Las candidaturas propuestas a cualquiera de las cinco categorías deberán incluir, necesariamente, un informe elaborado por la entidad proponente, que podrá ser alguna de las siguientes: 

a) Departamentos de artesanía y otros organismo pertenecientes a los gobiernos de las comunidades autónomas con competencias sobre artesanía.

b) Centros de enseñanza, tanto públicos como privados.

c) Centros de artesanía y centros tecnológicos dotados de personalidad jurídica propia.

d) Cámaras de Comercio, Industria y Navegación.

e) Fundaciones, asociaciones y federaciones y otras entidades sin ánimo de lucro relacionadas con el sector artesano.

f) Museos o cualquier otro organismo o entidad relacionados con el sector artesano. 

3. No serán admitidas las candidaturas relativas a la artesanía alimentaria, así como la elaboración artesanal de perfumes, cosméticos y similares, Tampoco aquellas candidaturas que no estén acompañadas del informe elaborado por la entidad proponente.

Presentación de candidaturas:

Junto a la solicitud se ha de presentar la siguiente DOCUMENTACIÓN:

A. Informe de propuesta de candidatura, en formato PDF y firmado con certificado electrónico válido por el representante de la entidad. OBLIGATORIO PARA TODOS LOS PREMIOS.

B. Currículum o historial de la empresa, en formato PDF. OBLIGATORIO PARA TODOS LOS PREMIOS.

C. Imágenes, en formato JPG, JPEG, PNG. OBLIGATORIO PARA TODOS LOS PREMIOS:
    • Premio Nacional: imágenes de la trayectoria del candidato (mínimo 15)
    • Premio Producto: imágenes de la colección o producto (mínimo 5)
    • Premio al Emprendimiento: imágenes de las piezas o del proceso (mínimo 5)
    • Premio Promociona: imágenes del proyecto o iniciativa (mínimo 5)
D. Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias. OBLIGATORIO SOLO PARA PREMIO NACIONAL.

E. Certificado de estar al corriente en las obligaciones de la seguridad social. OBLIGATORIO SOLO PARA PREMIO NACIONAL EN LA CASO DE QUE NO HAYA AUTORIZADO SU CONSULTA.

F. Documentación que acredite el recorrido de la actividad económica del candidato en el sector de la artesanía inferior a 5 años (documento de inscripción de la entidad en el registro mercantil, vida laboral, escrituras de constitución o documentos similares). OBLIGATORIO SOLO PARA PREMIO AL EMPRENDIMIENTO.

G. Acreditación de representación. Se entenderá acreditada, sin necesidad de aportar documentación adicional, si la firma se ha llevado a cabo con un certificado electrónico cualificado de representante de persona jurídica o si está inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) y autoriza su consulta.
Así mismo, deberá acreditarse la representación del firmante del informe de propuesta de candidatura. Se entenderá acreditada sin necesidad de aportar documentación adicional, si la firma del documento aportado se ha llevado a cabo con un certificado electrónico cualificado de representante de persona jurídica. En caso contrario, será necesario aportar cualquier documento válido en derecho que acredite la capacidad de representación. 

H. Otra documentación adicional que se considere relevante para apoyar la candidatura [no obligatorio].

El mismo candidato puede ser propuesto en varias modalidades de los premios, siendo necesaria la presentación de una propuesta de candidatura distinta y completa, documentación incluida, para cada modalidad. 

Órgano competente en la materia:

Inicio y resolución del procedimiento: Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P. 
Instrucción: Área de Innovación, Emprendedores y Pymes de la Fundación EOI, F.S.P. 

Atención a través del correo electrónico:

Formularios para su descarga
01. Orden de Bases ICT/408/2019
02. Resolución convocatoria 2023
03. Extracto de la convocatoria 2023
04. Guía práctica SEDE ELECTRÓNICA PNA
05. Preguntas frecuentes
06. Informe de propuesta de candidatura
07. Documento de desistimiento
08. Modelo de modificación de solicitud PNA
Documentos
Archivo zip con los documentos anteriores

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