Código SIA: 2983288
Descripción
Convocatoria para la concesión de ayudas del “Programa Activa Industria 4.0”, según Orden de Bases ICT/819/2022, de 12 de agosto, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Detalles
Procedimiento para la concesión de ayudas en especie, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española aumentando su potencial de crecimiento y desarrollando a su vez la oferta local de soluciones digitales a través del “Programa Activa Industria 4.0”, de acuerdo con lo previsto en las bases reguladoras de la concesión de ayudas publicadas mediante la Orden de Bases ICT/819/2022, de 12 de agosto de 2022 y Resolución por la que se convoca la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital a través de la iniciativa
Activa Industria 4.0, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Plazo de vigencia:
Fecha de inicio: 13 de julio de 2023
Fecha de finalización: Permanecerá abierto hasta que se agote el crédito presupuestario establecido en la convocatoria.
El “Programa Activa Industria 4.0” es un programa de asesoramiento especializado y personalizado cuyo objetivo es ofrecer a las PYMEs un diagnóstico y análisis exhaustivo de la situación digital de partida de la empresa y la elaboración de un Plan de Transformación que incluirá la definición, cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización personalizadas.
Programa orientado a pymes de la industria manufacturera para impulsar su transición a Industria 4.0.
El ámbito geográfico de aplicación del Programa “Activa Industria 4.0” es todo el territorio nacional.
Órgano competente en la materia:
Inicio y resolución del procedimiento: Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P.
Instrucción: Área de Innovación, Emprendedores y Pymes de la Fundación EOI, F.S.P.
Requisitos previos:
Las ayudas que se concedan en el marco de la presente Convocatoria van dirigidas a empresas de la industria manufacturera que tengan la condición de PYME, que tengan personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente y cumplan los requisitos conforme en el artículo 7 de la Orden de Bases ICT/819/2022, de 12 de agosto, así como lo establecido en el texto de la Resolución por la que se convoca la concesión de ayudas dirigidas a
impulsar la transformación digital a través de la iniciativa Activa Industria 4.0, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Serán consideradas pymes, aquellas empresas que cumplan con los requisitos establecidos para la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) en el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Igualmente son requisitos para obtener la condición de beneficiario los siguientes:- Cumplir con lo establecido en el artículo 7 de la orden de bases y cuya actividad se refiera a la industria manufacturera, encuadrada en Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.
- Cumplir con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo referente a los requisitos para obtener la condición de beneficiario, no pudiendo estar incursas en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la misma ley.
- Estar inscrito en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de cada Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
- Tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención.
- No tener deudas por reintegro de ayudas, anticipos o préstamos con la Administración, o estar sujeta a una orden de recuperaciónpendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No ser entidades que integren el sector público institucional de cualquier Administración pública, vinculadas o dependientes de ésta, en los términos dispuestos en el artículo 81 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- No ser entidades colaboradoras del Programa Activa Industria 4.0, en los términos del artículo 9 de la Orden de Bases ICT/819/2022, de 12 de agosto.
Documentación obligatoria a adjuntar para la acreditación de requisitos:
Junto a la solicitud se ha de presentar la siguiente documentación:
- Acreditación del Código CNAE. (Vida laboral de empresa en la que se indique CNAE, escrituras de constitución o cualquier otro documento válido en derecho) que acredite que se trata de una PYME Industrial encuadrada en la Sección C -Divisiones 10 a 32 según listado.
- Acreditación condición de PYME. Para la acreditación de condición de PYME, se deberá presentar cualquier documento reconocido en Derecho que acredite que tienen actividad económica empresarial o profesional y tienen menos de 250 trabajadores, así como un volumen de negocio de menos de 50 M€/año o un balance inferior a 43 M€ (Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003.
- Acreditación de su inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
- Acreditación del domicilio fiscal del solicitante en España. (Certificado del domicilio fiscal de hacienda, certificado censal de hacienda, o comunicación del NIF de hacienda).
- Acreditación de disponer de su principal centro operativo en España. En el caso que el domicilio fiscal difiera del centro operativo puede presentar contrato de alquiler o cualquier otro documento que acredite el domicilio de dicho centro operativo.
Formularios para su descarga
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01. Orden de Bases ICT/819/2022
01. Orden de Bases ICT/819/2022
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02. Resolución Convocatoria Activa Industria 4.0
02. Resolución Convocatoria Activa Industria 4.0
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03. Guía práctica formulario solicitud Activa Industria 4.0
03. Guía práctica formulario solicitud Activa Industria 4.0
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04. FAQS ACTIVA INDUSTRIA 4.0
04. FAQS ACTIVA INDUSTRIA 4.0
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05. Documento de Aceptación
05. Documento de Aceptación
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06. Documento de Desistimiento
06. Documento de Desistimiento
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07. Documento de Renuncia
07. Documento de Renuncia
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08. Guía de Acreditación Condición de PYME
08. Guía de Acreditación Condición de PYME
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Documentos
Archivo zip con los documentos anteriores
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