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Detalles del procedimiento: AYUDAS PROGRAMA ACTIVA INDUSTRIA 4.0

Detalles del procedimiento: AYUDAS PROGRAMA ACTIVA INDUSTRIA 4.0
Logotipo SIACódigo SIA: 2983288
Descripción
Convocatoria para la concesión de ayudas del “Programa Activa Industria 4.0”, según Orden de Bases ICT/819/2022, de 12 de agosto, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Detalles
Procedimiento para la concesión de ayudas en especie, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española aumentando su potencial de crecimiento y desarrollando a su vez la oferta local de soluciones digitales a través del “Programa Activa Industria 4.0”, de acuerdo con lo previsto en las bases reguladoras de la concesión de ayudas publicadas mediante la Orden de Bases ICT/819/2022, de 12 de agosto de 2022 y Resolución por la que se convoca la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital a través de la iniciativa Activa Industria 4.0, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Plazo de vigencia:

Fecha de inicio: 13 de julio de 2023
Fecha de finalización:  Permanecerá abierto hasta que se agote el crédito presupuestario establecido en la convocatoria.

Objeto:

El “Programa Activa Industria 4.0” es un programa de asesoramiento especializado y personalizado cuyo objetivo es ofrecer a las PYMEs un diagnóstico y análisis exhaustivo de la situación digital de partida de la empresa y la elaboración de un Plan de Transformación que incluirá la definición, cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización personalizadas.
Programa orientado a pymes de la industria manufacturera para impulsar su transición a Industria 4.0.
El ámbito geográfico de aplicación del Programa “Activa Industria 4.0” es todo el territorio nacional.

Órgano competente en la materia:

Inicio y resolución del procedimiento: Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P. 
Instrucción: Área de Innovación, Emprendedores y Pymes de la Fundación EOI, F.S.P. 

Requisitos previos:

Las  ayudas  que  se  concedan  en  el  marco  de  la  presente  Convocatoria  van  dirigidas  a empresas de la industria manufacturera  que  tengan  la  condición  de  PYME, que  tengan  personalidad  jurídica  propia  en  España y  estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente y cumplan los requisitos conforme en el artículo 7 de la Orden de Bases ICT/819/2022, de 12 de agosto, así como lo establecido en el texto de la Resolución por la que se convoca la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital a través de la iniciativa Activa Industria 4.0, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Serán  consideradas  pymes,  aquellas  empresas  que  cumplan  con  los  requisitos  establecidos  para  la  categoría  de microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) en el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Igualmente son requisitos para obtener la condición de beneficiario los siguientes:
  • Cumplir con lo establecido en el artículo 7 de la orden de bases y cuya actividad se refiera a la industria manufacturera, encuadrada en Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.
  • Cumplir con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en  lo  referente  a  los  requisitos  para  obtener  la  condición  de  beneficiario,  no  pudiendo  estar  incursas  en  algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la misma ley.
  • Estar inscrito en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria  o  en  el  censo  equivalente  de  cada  Administración  Tributaria  Foral,  que  debe  reflejar  la  actividad  económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
  • Tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención.
  • No tener deudas por reintegro de ayudas, anticipos o préstamos con la Administración, o estar sujeta a una orden de recuperaciónpendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No ser entidades que integren el sector público institucional de cualquier Administración pública, vinculadas o dependientes de ésta, en los términos dispuestos en el artículo 81 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • No ser entidades colaboradoras del Programa Activa Industria 4.0, en los términos del artículo 9 de la Orden de Bases ICT/819/2022, de 12 de agosto.

Documentación obligatoria a adjuntar para la acreditación de requisitos:

Junto a la solicitud se ha de presentar la siguiente documentación:
  1. Acreditación  del Código CNAE. (Vida laboral de empresa en la que se indique CNAE, escrituras de constitución o cualquier otro documento válido en derecho) que acredite que se trata de una PYME Industrial encuadrada en la Sección C -Divisiones 10 a 32 según listado.
  2. Acreditación  condición  de  PYME.  Para  la  acreditación  de  condición de  PYME,  se  deberá  presentar  cualquier documento reconocido en Derecho que acredite que tienen actividad económica empresarial o profesional y  tienen  menos  de  250  trabajadores,  así  como  un  volumen  de  negocio  de  menos  de  50  M€/año  o  un  balance inferior a 43 M€ (Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003.
  3. Acreditación de su inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal  de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
  4. Acreditación del domicilio fiscal del solicitante en España. (Certificado del domicilio fiscal de hacienda, certificado censal de hacienda, o comunicación del NIF de hacienda).
  5. Acreditación de disponer de su principal centro operativo en España. En el caso que el domicilio fiscal difiera del centro operativo puede presentar contrato de alquiler o cualquier otro documento que acredite el domicilio de dicho centro operativo.

Formularios para su descarga
01. Orden de Bases ICT/819/2022
01. Orden de Bases ICT/819/2022
02. Resolución Convocatoria Activa Industria 4.0
02. Resolución Convocatoria Activa Industria 4.0
03. Guía práctica formulario solicitud Activa Industria 4.0
03. Guía práctica formulario solicitud Activa Industria 4.0
04. FAQS ACTIVA INDUSTRIA 4.0
04. FAQS ACTIVA INDUSTRIA 4.0
05. Documento de Aceptación
05. Documento de Aceptación
06. Documento de Desistimiento
06. Documento de Desistimiento
07. Documento de Renuncia
07. Documento de Renuncia
08. Guía de Acreditación Condición de PYME
08. Guía de Acreditación Condición de PYME
Documentos
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