Código SIA: 2912255
Descripción
Orden ICT/1080/2022, de 7 de noviembre, de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa «Generación Digital: Agentes del Cambio», y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el marco del PRTR.
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Fecha de inicio de la presentación de solicitudes: 15 de noviembre de 2022
Fecha de finalización de la presentación de solicitudes: 14 de diciembre de 2022
Objeto:
Procedimiento para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades formadoras para que impartan Programas de Formación de Agentes del Cambio de la transformación digital de la pyme dirigidos a ofrecer a los jóvenes prioritariamente a los desempleados y mujeres, los conocimientos y habilidades necesarias para su incorporación al mercado laboral como agentes de la transformación digital, desarrollando e implementando la hoja de ruta de la Digitalización de la Pyme y disminuyendo la brecha digital por cuestiones de género incrementando el número de mujeres trabajadoras en sector TIC. Además, podrán acceder los jóvenes que trabajen en pymes de entre 10-249 empleados, ofreciéndoles la preparación como agentes de la transformación digital de su empresa, de acuerdo con lo previsto en las bases reguladoras de la concesión de ayudas publicadas mediante Orden ICT/1080/2022, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa «Generación Digital: Agentes del Cambio», y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El ámbito geográfico de aplicación del Programa “Generación Digital-Agentes del cambio” es todo el territorio nacional.
Órgano competente en la materia:
Inicio y resolución del procedimiento: Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P.
Instrucción: Área de Innovación, Emprendedores y Pymes de la Fundación EOI, F.S.P.
Requisitos previos:
Las
ayudas que se concedan en el marco de la presente Convocatoria van
dirigidas a entidades formadoras que cumplan los requisitos que se
recogen en el artículo 6 de la Orden de Bases así como en el artículo 37
de la Convocatoria.
Normativas:
· Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones .
· Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
·
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos.
· Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y
a la libre circulación de estos datos.
· Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
·
Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan
medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de
administración digital, contratación del sector público y
telecomunicaciones.
Documentos a presentar:
Junto a la solicitud se ha de presentar la siguiente documentación:
A.
Acreditación de ser entidad de formación, válidamente constituida, con
personalidad jurídica propia (Escrituras de Constitución, vida laboral
CNAE 85 o documento válido en derecho que acredite que es entidad de
formación)
B. Acreditación de Domicilio fiscal o social en España
C.
Acreditación de la fecha de constitución mínima de hace 3 años (documento de inscripción de la entidad en el registro mercantil,
escrituras de constitución o documentos similares que evidencie haber
sido constituido al menos, desde tres años antes de la fecha de
publicación en el BOE del extracto de la convocatoria).)
D. Acreditación de disponer de al menos, un establecimiento o sucursal en España
E.
Acreditación de la formación que imparte. Evidencia de que imparte al
menos un título de grado o postgrado reconocido nacional o
internacionalmente o de ser una entidad que imparta ciclos formativos de
grado superior en el ámbito de la Formación Profesional. Pueden
adjuntarse varios documentos.
F. Acreditación de los años de
experiencia: Evidencia de disponer de, al menos, 2 años de experiencia
en la formación a jóvenes en el ámbito de la transformación digital.
Pueden adjuntarse varios documentos.
G. Acreditación volumen
anual de negocios (Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el
Registro Mercantil, con el justificante de depósito o, si la entidad no
estuviera inscrita en dicho registro, las depositadas en el registro
oficial en que deba estar inscrito. Para acreditar disponer de un
volumen anual de negocio, referido al mejor ejercicio de los tres
últimos disponibles, por un importe del 50% del importe de la ayuda
solicitada)
H. Acreditación de los recursos humanos en el
momento de la solicitud (relación de liquidación de cotizaciones en la
Seguridad Social (RLC) o relación nominal de trabajadores (RNT) del
último periodo disponible).
I. Acreditación de compromiso de
Recursos Humanos (Declaración responsable del compromiso de mantener,
al menos al equivalente de 3 personas a tiempo completo con relación
laboral con la entidad solicitante durante la implementación de la
medida).
J. Acreditación de inscripción en el Censo de
Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT (o en el censo
equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la
actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud
de la ayuda).
K. Certificado de estar al corriente de las obligaciones de la Seguridad Social. Se podrá autorizar su consulta.
L. Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias. Se podrá autorizar su consulta.
M.
Acreditación del poder de representación. (Acreditación del poder de
representación, suficiente y subsistente, en los términos previstos en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Se entenderá acreditada la
representación, sin necesidad de aportar documentación adicional, si la
firma se ha llevado a cabo con un certificado electrónico cualificado de
representante de persona jurídica de acuerdo con lo previsto en los
artículos 32.4 y 34.1 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos; y tampoco será necesario si está
inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA). Se podrá
autorizar su consulta.
N. Convenio o Acuerdo para el caso de
Agrupaciones (En el caso de agrupaciones de personas jurídicas que vayan
a llevar a cabo la formación en cooperación, acreditación de la
formalización de la misma que incluya los compromisos de ejecución
asumidos por cada miembro y el importe de subvención a aplicar por cada
uno de ellos).
O. DocA1. Acreditación experiencia en
actuaciones formativas a jóvenes en transformación digital. No será
válido sólo información comercial de su web o catálogos.
P.
DocA2. Acreditación experiencia en la impartición de formación en
presencia online síncrona y MOOC. No será válido sólo información
comercial de su web o catálogos.
Q. DOCB1. Acreditación de plataforma de empleo activa.
R. DOCB3. Acreditación certificación de calidad vigente (ISO 9001, ISO 14001)
S.
DocB5.1. Acreditación de Herramienta de monitorización de seguimiento
de indicadores. (Evidenciar que la entidad dispone de una herramienta
tipo CRM que permita reportar a EOI indicadores tales como número de
alumnos matriculados, número mujeres matriculados, número de
desempleados matriculado…..)
T. DocB5.2. Acreditación de
Herramienta de seguimiento del aprendizaje de los alumnos (Evidenciar
que la entidad dispone de herramientas/plataforma que permitan a la
entidad conocer el grado de avance del aprendizaje de los alumnos, el
nivel de asistencia de los alumnos...).
U. DocB6. Acreditación
de relación con el tejido empresarial, (por medio de la participación
del tejido empresarial en Consejo Asesor, Patronato o equivalente).
Insertar un documento por región seleccionada.
V. DocC1.
Documento de propuesta de mejoras en el desarrollo de la formación.
Podrá recoger la incorporación de visitas de empresas durante el curso,
la incorporación de herramientas o tecnologías innovadoras para el
desarrollo e impartición de la formación y la incorporación de otras
mejoras que aporten valor al desarrollo de la formación. Insertar un
documento de máximo 3 hojas por región seleccionada.
W. DocC2.
Documento de propuesta de incorporación de retos en la metodología de
impartición de la formación. Insertar un documento de máximo 3 hojas por
región seleccionada.
X. DocC3. Documento de propuesta de
acciones para facilitar la incorporación posterior de los jóvenes al
mercado laboral. Insertar un documento de máximo 3 hojas por región
seleccionada.
Y. DocC4. Documento de Plan de Promoción y
captación de alumnos. Insertar un documento de máximo 3 hojas por región
seleccionada.
Z. Solicitud de autorización de contratación de servicios con personas o entidades vinculadas, si procede.
Formularios para su descarga
01. Texto Bases Reguladoras y Convocatoria
01. Texto Bases Reguladoras y Convocatoria
02. Syllabus Generación digital Agentes
02. Syllabus Generación digital Agentes
03. Faqs Generación Digital Agentes
03. Faqs Generación Digital Agentes
04. Guía práctica Generación Digital Agentes
04. Guía práctica Generación Digital Agentes
Documentos
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